12/09/2019
INTERÉS GENERAL
Las ART deberán pagar aportes en Comisión Médica
El Directorio resolvió que los obligados al pago de los honorarios de los letrados que intervengan como patrocinantes de un cliente ante las Comisiones Médicas previstas por la ley 27.348, que tienen atribuciones jurisdiccionales, también están obligados a abonar a la Institución la contribución del 10 % establecida en el art. 12º inc. a) de la ley 6716.
Se han remitido notificaciones fehacientes a todas las ART, informando la obligación aludida y se ha requerido a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo que proceda a informar todos los convenios homologados por las Comisiones Médicas y sus regulaciones respectivas, con el objeto de lograr las percepciones del aporte y contribución (20 %) que establece el artículo citado.