17/10/2019

JUBILACIÓN Y PENSIÓN

¿Sabés que podés iniciar la jubilación on line?

¿Sabés que podés iniciar la jubilación on line?

De manera ágil y segura podés completar el formulario de solicitud a través de la web. Los trámites que se pueden iniciar son: Jubilación Básica Normal art. 35, Jubilación Anticipada, Prestación por Edad Avanzada, Jubilación Ordinaria para Abogados Discapacitados (art. 33) y la Jubilación Extraordinaria por Incapacidad.

¿Cuáles son los pasos a seguir?

1- Ingresá con tu clave personal en Servicios en línea> Trámites> Jubilación y seleccioná el tipo de beneficio a solicitar.

2- Completá todos los datos necesarios personales y de familiares (el sistema te guiará).

3- Verificá la información y confirmá el pedido. Aparecerá una leyenda en pantalla con la documentación que deberás presentar, y al mismo tiempo se enviará un correo electrónico (al e-mail constituido) con esa información como recordatorio.

4- Para finalizar el trámite de solicitud, acercate a cualquiera de las Delegaciones a presentar la documentación requerida, a fin de ser escaneada por el personal y adjuntada a tu expediente.

Importante: En el caso de la Jubilación por Incapacidad entre la documentación a presentar observarán que se debe escanear, entre otros, la historia clínica y certificado médico. Si tuviera estudios complementarios deberá exhibirlos ante los profesionales que le realicen oportunamente la junta médica.

Convenios y Beneficios

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