24/04/2012

ABOGADOS CON DISCAPACIDAD - CONGRESOS DE LA COMISION

Mar del Plata, 4 y 5 de diciembre 1993

1er. CONGRESO SOBRE SEGURIDAD SOCIAL PARA ABOGADOS DISCAPACITADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

COMISION I

Los profesionales reunidos en el Primer Congreso sobre Seguridad Social para Abogados, organizado por la Comisión Interdepartamental de Abogados Discapacitados de la Provincia de Buenos Aires, manifiestan:

Que, hacen público su reconocimiento a las autoridades de la Caja de Previsión para Abogados y al personal de la misma, que durante el período fundacional colaboró en forma total y eficaz al mejor cumplimiento de los objetivos fijados.

Se destaca asimismo el apoyo brindado por el Colegio y, personal de la Delegación de la Caja del Departamento Judicial de Mar del Plata, en la organización y desarrollo de este Primer Congreso.

A) Principios fundacionales de la Seguridad Social:

Ratificar plenamente los principios fundacionales de la Seguridad Social, que con base del sistema previsional de la Caja de Abogados de la Provincia de Buenos Aires: Solidaridad, obligatoriedad del aporte fijado por ley, universalidad de los beneficios -no hay beneficios sin aportes-, dirigencia honoraria, administración independiente y gobierno por sus propios afiliados, electos por el voto secreto de los colegiados por períodos determinados, principios ya consagrados en el sistema actual cuya permanencia y reafirmación deben ser el objeto de nuestros esfuerzos.

Destacar especialmente que el sistema es sustitutivo y no complementario de un sistema general a los fines de asegurar la prestación de un nivel básico digno.

El sostenimiento de estos principios está avalado por la trayectoria de nuestros organismos colegiales y los resultados del sistema.

B) Seguridad Social y Profesionales Discapacitados:

Contemplar en el nuevo proyecto de ley de previsión y seguridad, la inclusión de disposiciones que contemplen la problemática específica de los abogados con discapacidad.

Favorecer el cumplimiento cabal de medidas recomendadas por documentos internacionales, nacionales y aquellas que indiquen la propia experiencia de los interesados y dentro de las instituciones de los Colegios.

C) Políticas de la Caja y Funciones de las Delegaciones:

  • Creación de un fondo permanente, destinados a Abogados Discapacitados, para la concesión de créditos especiales y préstamos personales para la adquisición de ayudas técnicas, elementos y dispositivos de rehabilitación y de facilitación del ejercicio profesional.
  • Equipamiento de las Delegaciones y/o Colegios de Abogados, con elementos técnicos para el uso colectivo, que faciliten el ejercicio profesional de los abogados según su tipo de discapacidad (ejemplo: sintetizador de voz, computadoras Braille, etc.)
  • Instrumentar a través de sus delegaciones la gestión de trámites para la adquisición de bienes ante organismos públicos y privados, teniendo en cuenta el acuerdo de Florencia de la UNESCO, sobre la importación de materiales educativos, científicos y culturales, (decreto 732/72) y el régimen de franquicia para adquisición de automotores para personas con discapacidad, (ley 19279 modificada por las leyes 22499 y 24183 y su decreto reglamentario 1313/93).
  • Se practique, con el asesoramiento profesional adecuado, un relevamiento de los abogados con discapacidad (que incluya entre otros item, tipo de discapacidad, tipo de ayuda técnica necesaria, grupo familiar, etc.) Se aconseja en las nuevas matriculaciones y afiliaciones se incluya un formulario-declaración jurada para que el abogado discapacitado manifieste los datos mencionados a los efectos de la elaboración del censo.
  • Que la Caja diseñe con el asesoramiento profesional adecuado, un listado abierto de ayudas técnicas, elementos y dispositivos de rehabilitación y de facilitación del ejercicio profesional que requieran los abogados con discapacidad, a fin de servir de base para el estudio de las solicitudes de créditos y préstamos.
  • Propiciar un régimen jubilatorio de excepción para el abogado con discapacidad que contemple una reducción de los años de ejercicio y edad necesarios para obtener el beneficio ordinario, solicitando se incluya dentro del nuevo proyecto de ley, sugiriéndose 45 años de edad y 20 de aportes como topes máximos.
  • Que la Caja, a través de las Delegaciones asegure la difusión amplia de la legislación vigente y de los proyectos de ley en distinto estado parlamentario referidos a los profesionales con discapacidad. Dicha difusión se centralizará, en una primera etapa, en los jóvenes graduados y en los estudiantes de la Universidad.

Se recomienda la implementación de un servicio informatizado en cada Delegación sobre la legislación vigente y, a través del Banco Nacional de datos sobre discapacidad que funciona en la Comisión Nacional Asesora para Integración de Personas con Discapacidad y organismos afines.

  • Que la Caja proponga a los Consejos superiores de las Universidades Públicas y Privadas, donde se dicte la carrera de derecho, que se incluya en los planes de estudio, el tema de la seguridad social y previsión de los profesionales abogados en general y en especial de los Abogados discapacitados.
  • Se recomienda otorgar carácter permanente a la Comisión Interdepartamental de Abogados Discapacitados de la Provincia de Buenos Aires.

COMISION II

1.- Desempeño en el Campo Profesional:

1.1.- Considerando que en el desempeño del ejercicio profesional existen discriminaciones, y siendo este un tema que por su amplitud excede a los objetivos de este Congreso, la Comisión Nº II, recomienda a la futura Comisión Interdepartamental a crearse, promover entre los Colegios Profesionales la organización de un Encuentro en el que se trate específicamente el tema de la DISCRIMINACION en el ejercicio de sus respectivas profesiones.

1.2.- Considerando que existen dificultades específicas que afectan el ejercicio profesional de los Abogados Discapacitados, la Comisión Nº II, recomienda:

1.2.1.- Que la Comisión Interdepartamental a formarse a través de los delegados de cada Colegio que la integren realicen las gestiones pertinentes en sus respectivas jurisdicciones ante las autoridades judiciales, administrativas y de profesionales competentes para la remoción de esos obstáculos que limitan el desempeño profesional de los abogados con discapacidad (Ej. Barreras arquitectónicas, culturales, actitudinales, trato discriminatorio, desconsiderado e indiferente, falta de facilidades para la información, etc.).

1.3.- Promover la realización de un relevamiento de los Abogados Discapacitados en la Provincia de Buenos Aires y la creación de un registro a fin de efectuar un análisis de las necesidades personales y profesionales (ayuda técnica, elementos de rehabilitación, auxilio personal y profesional, nacionales e importados existentes y su factibilidad de uso). Abrir canales permanentes de comunicación con las autoridades para conocer las problemáticas y dar soluciones.

2.- Acceso a la Información:

2.1.- Considerando las limitaciones que tienen los Abogados Discapacitados para acceder a la información, circunstancia ésta que sin duda afecta su desempeño profesional, colocándolos en situación de desventaja, se recomienda promover la utilización de la informática como instrumento idóneo para lograr la equiparación de oportunidades en el campo profesional.

2.2.- Considerando el vertiginoso avance de la informática en los distintos campos de la ciencia y específicamente en el campo del derecho, se hace necesario centralizar, actualizar y difundir el conocimiento de los nuevos productos que existen en el mercado internacional a fin de facilitar una adecuada elección por parte de los usuarios.

2.3.- Hacer mención de nuestro reconocimiento a las autoridades de la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires por haber instaurado la edición del Boletín grabado, en cassette distribuido en favor de los profesionales ciegos.

2.4.- Con relación a la adquisición de equipos e insumos de informática para discapacitados se hace necesario implementar los medios idóneos a fin de agilizar y destrabar los trámites administrativos y burocráticos que retrasan su ingreso al país y afectan su seguridad, exigiendo el cumplimiento de los documentos internacionales, tales como la convención de Florencia al respecto.

2.5.- Considerando que muchos profesionales discapacitados no tienen posibilidades momentáneas de adquirir un equipo de informática con sus accesorios específicos, no obstante la posibilidad de obtener créditos promocionales, esta Comisión recomienda: Que se agreguen a los equipos de informática existentes en los Colegios Profesionales Departamentales, los accesorios específicos que permitan su utilización y aprovechamiento por parte de todos los profesionales con discapacidad.

2.6.- Recomendar la celebración de convenios por parte de la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires y/o los Colegios Profesionales con los centros de producción Braille para la impresión en este sistema de escritura de material jurídico.

3.- Fuentes de Financiación:

3.1.-Considerando los elevados costos de los equipos de informática y sus accesorios específicos para los profesionales con discapacidad y teniendo en cuenta en general la falta de recursos suficientes por parte de los posibles usuarios para afrontar su adquisición, se recomienda: Gestionar ante la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires, otros entes de financiamiento y entidades que otorguen distintos subsidios o asistencias financieras, el establecimiento de líneas de créditos promocionales a largo plazo y la asignación de subsidios a aquellos profesionales que por razones personales no puedan acceder a dichos créditos. Asimismo se recomienda la extensión de este tipo de asistencia financiera para profesionales discapacitados con destino a la adquisición de elementos indispensables para el inicio de su ejercicio profesional.

COMISION III

Otros aspectos de la Seguridad Social: Sugerir que la Caja evalúe la posibilidad de instrumentarlíneas de créditos para Abogados discapacitados que la necesiten, y a pedido de parte interesada, para la adquisiciónde cualquier elemento que haga al desarrollo y desenvolvimiento en la faz profesional del mismo, permitiendo de esa manera su real y efectiva inserción en el plano laboral y social.

De la misma manera se sugiere a la Caja el estudio de la posibilidadde subsidiar en un 50% en forma permanente y para casos específicos los gastos que requiera el profesional discapacitado para su desarrollo con el servicio de terceras personas contratadas al efecto. Por ejemplo -Secretaria-.

Asimismo se invite a las Comisiones de Jóvenes Abogados de cada Colegio Departamental a efecto de colaborar con la Comisión de Abogados Discapacitados, con el objeto de intercambiar conocimientos y experiencias con las tareas que faciliten el desarrollo profesional de estos (Procuración, trámites administrativos, diligenciamiento, etc.).

Con el objeto de mantener una información periódica y constante de la problemáticade la discapacidad, como también de los avances tecnológicos, solicitar información a las diferentesEmbajadassobre discapacidad en Países tales como: EE.UU; España; Suecia; Israel, Canadá, Inglaterra, Alemania.

MEDIOS DE COMUNICACION:Pedir al SITEAla realización de campañasde difusión sobre discapacidad a nivel Nacional.Solicitar la inclusión en los planes deeducacióndel tema DISCAPACIDAD como materia desde los colegios primarios en adelante.

II-SISTEMA ASISTENCIAL: Se invita a la Caja de Abogados (CASA)a efectuar unareducción del 50%de la cuota mensual; como así también facilitarla realización de Convenios con el ANSSALa efectos de cubrir todas las prestacionesque no estén contempladas dentro del Sistema (transplantes; diálisis crónicas).

III-TURISMO: Requerir información a la Secretaría de Turismo a efectos de que informe si existen en el país hotelería adaptada a personas discapacitadas; como así también estudiar la posibilidad de implementar algún tipo de transporte de corta, media y larga distancia para el traslado de los discapacitados motores.

IV-BARRERAS ARQUITECTONICAS: Confeccionar una nota dirigida a la Superintendencia de la Corte avalada por el Colegio Departamental de la Provincia para que en un plazo máximo de 60 días, adopten las medidas necesarias tendientes a facilitar el desarrollo de la labor profesional del abogado con discapacidad, eliminando entre otras cosas, las BARRERAS ARQUITECTONICAS, instalando rampas, pasamanos, ascensores amplios con botoneras adecuadas, instalación de sanitarios, etc. Todo ello acorde a la legislación vigente Ley 10.592.

Asimismo dirigirse a los Señores Jueces a efectos de que los mismos asuman la realidad de los Abogados Discapacitados e impartan al personal a su cargo instrucciones precisas de trato, consideración y atenciónque deben brindársele a dichos profesionales para facilitar su tarea. Solicitar a cada Comisión de Abogados Discapacitados de cada Departamento Judicial que efectúen un relevamiento de las barreras arquitectónicas a fin que con el conocimiento de ellos se obtenga su total remoción.

V-ACCESO A LOS MEDIOS QUE FACILITEN LA MOVILIDAD: En este punto nos remitimos a lo mencionado precedentemente en "OTROSASPECTOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL".

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