12/06/2020

INTERÉS GENERAL

Pago de cuotas de préstamos atrasadas por la suspensión de vencimientos

Pago de cuotas de préstamos atrasadas por la suspensión de vencimientos

Quienes adeuden las cuotas correspondientes a los meses de marzo, abril, mayo y/o junio del corriente año podrán abonarlas sin aplicación de intereses de ningún tipo hasta el 31 de octubre de 2020.

Para quienes no sea posible abonarlas durante ese período, tendrán la posibilidad de diferir el pago a continuación del mes de finalización de su préstamo, para hacerlo, deberán enviar un correo electrónico a info@cajaabogados.org.ar expresando su voluntad de diferimiento.

Las cuotas impagas se agregarán en los meses siguientes a su última cuota, el valor de las nuevas, será igual al de esa última, siempre y cuando se encuentren al día con las restantes cuotas.

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