09/09/2019

ABOGADOS CON DISCAPACIDAD

INCLUSIÓN AL RÉGIMEN DE ABOGADOS CON DISCAPACIDAD

(ART. 33 DE LA LEY 6716 T.O. 4771/95)

Para solicitar la inclusión en este régimen el abogado o abogada en actividad deberá completar el formulario y acompañar la documentación médica que acredite la discapacidad (alteración funcional permanente y estable) que invoca con documentación médica (certificado médico, historia clínica, estudios médicos, etc.).

El beneficio que le otorga la ley es la reducción de los requisitos para acceder al beneficio jubilatorio ordinario básico normal (55 años de edad y 25 de aportes computables) El subsidio de hasta el 50% de la CAO es un beneficio de carácter reglamentario del que podrá gozar siempre que no se encuentre en la situación de mora (art. 24 de la citada Ley).

Documentación: Formulario de solicitud de incorporación al régimen, certificado de matrícula, y Documentación médica respaldatoria de la discapacidad.

Observaciones: El certificado de discapacidad no es imprescindible para solicitar ser incluído en este régimen, ya que la caja dispondrá la formación de la junta médica que evalúe la discapacidad para el ejercicio específico de la actividad como abogado. (los certificados de discapacidad NO evalúan la capacidad laborativa y así lo detallan). Para el caso de que el abogado incluído en el régimen no gozara del subsidio de la cuota CAO por estar en mora, al momento de cancelar su obligación y salir de esa situación, se debe informar al sector afiliaciones para que se registre la restitución del subsidio.

Los certificados de matrícula deben ser actualizados y no superar los 30 días de emisión.

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